Aprobada en Consejo de Gobierno el 17 de julio de 2008.
Concesión del premio extraordinario de las titulaciones adscritas al Centro. Previa solicitud por el Presidente de la Comisión de los expedientes académicos de los alumnos titulados en el curso anterior que hubieran obtenido una nota media en sus estudios, no experimentales, de cómo mínimo 8 puntos. Valorados los expedientes, la Comisión formulará una propuesta de concesión de un único premio por cada una de las titulaciones que se imparten en el Centro, que se remitirá para su informe al Vicerrectorado con competencias en ordenación académica en el plazo de 10 días hábiles desde la constitución de la comisión, sin que en ningún caso se pueda sobrepasar la fecha del 15 de octubre de cada año. Tras el informe favorable del Vicerrectorado, se expedirá un certificado diploma acreditando dicha circunstancia. El centro será responsable de notificar la concesión del premio extraordinario al estudiante y a la Unidad de Gestión de Alumnos del campus correspondiente, antes del 30 de octubre de cada año, para la tramitación administrativa que corresponda.
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